jueves, 4 de diciembre de 2008

¿Cuál es la forma de cancelar las horas extraordinarias?

A). Trabajador con jornada completa y remunerado con sueldo mensual:
· Se divide el sueldo mensual por 30, para obtener el monto del sueldo diario.
· El resultado obtenido se multiplica por 7, determinándose así el valor del sueldo convenido para la jornada ordinaria semanal.
· El producto obtenido se divide por la cantidad de horas pactadas para la jornada ordinaria semanal.
· Finalmente la cifra resultante, equivalente al valor de la hora ordinaria se incrementa en un 50%.

Asimismo, para estos casos, puede obtenerse el valor de la hora extraordinaria del modo siguiente:
· Sueldo mensual del trabajador X 0,0077777 = valor hora extraordinaria.

B). Trabajador remunerado con sueldo diario con jornada de 45 horas semanales con una distribución en 5 días a la semana:
· Valor del sueldo diario multiplicado por 5.
· Al resultado obtenido, sumar el valor de la semana corrida.
· El resultado se divide por 45 (horas semanales).
· La cifra obtenida se multiplica por 1,5., obteniéndose el valor de la hora extraordinaria.

Asimismo, para estos casos puede obtenerse el valor de la hora extraordinaria del modo siguiente:
· Multiplicar el sueldo diario por el factor 0,1666667
C). Trabajador remunerado con sueldo diario con jornada de 45 horas semanales con una distribución en 6 días a la semana:
· Valor del sueldo diario multiplicado por 6.
· Al resultado obtenido, sumar el valor de la semana corrida.
· El resultado se divide por 45 (horas semanales).
· La cifra obtenida se multiplica por 1,5 obteniéndose el valor de la hora extraordinaria.

Asimismo, para estos casos puede obtenerse el valor de la hora extraordinaria del modo siguiente:

Multiplicando el sueldo diario por el factor 0,2.
FUENTE :

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